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Protección y seguridad contra incendios en centro comerciales

Los edificios de gran concurrencia como los centros comerciales no están exentos de riesgo por incendio. Por ello, los locales y el propio centro comercial deben contar con medidas de seguridad contra incendios adecuadas para la prevención de estos accidentes: plan de emergencia y evacuación, contar con todas las instalaciones contra incendios, mantenimiento de las instalaciones…

Plan de emergencia y evacuación en centros comerciales

El plan de emergencia y evacuación de un centro comercial implica tener definidas las actuaciones de respuesta a las situaciones de emergencia potenciales, estableciendo la estructura organizativa, las comunicaciones, las responsabilidades, y los recursos y procedimientos de ejecución para afrontar de forma organizada este tipo de accidentes.

Es un documento que establece los procedimientos, la organización y los medios necesarios para actuar frente a las situaciones de emergencia que pongan en peligro la vida o la propiedad. Es decir, ayuda a evitar retrasos en la intervención, confusión, dispersión y mala utilización de los recursos disponibles (optimizar el aprovechamiento de los recursos disponibles, evitando de esta manera el despilfarro en medios sobreabundantes o innecesarios).

El objetivo de este plan de emergencia y evacuación es proteger la vida, contener y controlar el incidente que ha provocado la emergencia y minimizar los daños tanto al medio ambiente como a las instalaciones.

Medidas de protección contra incendios

En España, la legislación recoge con todo detalle las medidas básicas que deben cumplir los centros comerciales: el Código Técnico de la Edificación (CTE-DBSI) y qué equipos instalar; y el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI) que indica cómo hacerlo y cómo mantenerlos.

Los centros comerciales, y los locales que se encuentran en ellos, se rigen por el <<Uso Comercial>>, cuyo ámbito se refiere a los edificios y establecimientos destinados a uso comercial.

Para ello, tenemos medida contra incendios que afectan al proyecto o a la construcción del edificio, pasivas; y las que se encargan de la detección, alarma e instalaciones de extinción, las activas.

Medidas pasivas

Compartimentación en sectores de incendio

La superficie construida de todo sector de incendio no debe exceder de 2500 m², en general o de 10 m² en los establecimientos o centros comerciales que ocupen en su totalidad un edificio íntegramente protegido con una instalación automática de extinción y cuya altura de evacuación no exceda de 10 m.

En establecimientos o centros comerciales que ocupen en su totalidad un edificio exento íntegramente protegido con una instalación automática de extinción, las zonas destinadas al público pueden constituir un único sector de incendio cuando en ellas la altura de evacuación descendente no exceda de 10 m ni la ascendente exceda de 4 m y cada planta tenga la evacuación de todos sus ocupantes resuelta mediante salidas de edificio situadas en la propia planta y salidas de planta que den acceso a escaleras protegidas o a pasillos protegidos que conduzcan directamente al espacio exterior seguro.

En centros comerciales, cada establecimiento de uso Pública Concurrencia, es decir, en el que se prevea la existencia de espectáculos, incluidos cines, teatros, discotecas, salas de baile, etc., cualquiera que sea su superficie o destinado a otro tipo de actividad pero que su superficie construida excede de 500 m², debe constituir al menos un sector de incendio diferenciado, incluido el posible vestíbulo común a diferentes salas.

Evacuación

Los establecimientos integrados en centros con menos de 50 m², la puerta de salida a las zonas comunes de circulación del centro se considerará como origen de evacuación. La longitud del recorrido de evacuación desde todo origen a una salida que dé acceso al exterior será de 60 m como máximo.

En el caso de que se utilicen carros para el transporte de productos, los puntos de paso a través de cajas de cobro no se consideran elementos de evacuación. En este caso cuando la superficie construida sea mayor de 400 m², la anchura de todo pasillo será de 1,80 como mínimo. Si no excede de 400 m² dicha anchura será de 1,40 m.

Control de humos

En zonas de uso Aparcamiento que no tengan la consideración de aparcamiento abierto o en Establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia cuya ocupación exceda de 1000 personas, se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad.

El diseño, cálculo, instalación y mantenimiento del sistema pueden realizarse de acuerdo con las normas UNE 23.584:2008, UNE 23.585:2017 Requisitos y métodos de cálculo y diseño para proyectar un sistema de control de temperatura y de evacuación de humos (SCTEH) y UNE-EN 12.101-6:2006.

Medidas activas

Sistema de detección de incendio

Esta instalación de uso obligatorio si la superficie construida es mayor a 2000 m², también es aconsejable para cualquier local independientemente de su tamaño. Nos avisará del inicio de un incendio y podremos poner a salvo a las personas. La central de incendios se conecta en remoto a una empresa de seguridad o se encuentra en un lugar vigilado permanentemente.

Para aquellos locales donde no sea obligado su uso, se recomienda la instalación de detectores autónomos. Si se produce un incendio, alertará con una alarma acústica, dando tiempo a evacuar con seguridad e incluso, a controlar el posible fuego.

Sistema de alarma

Si excede los 1000 m² es obligatorio tener un sistema de alarma. Su función es avisar de la aparición de un incendio a través de timbres que se activan tanto en modo manual como automático.

Señalización

Las vías de evacuación deberán  estar marcadas por obligación con señales y letreros fluorescentes de color verde (e incluso luminosos) para cuando se activen los sistemas de alarma u ocurra una emergencia, las personas que estén en el lugar sepan el camino para abandonar el edificio. Si hubiera caminos que no sirvieran como recorrido de evacuación, también deberá señalarse pero esta vez con letreros de color rojo. No debemos olvidar la instalación de alumbrado de emergencia (alimentado por baterías) que permita llegar hasta la salida en caso de fallo de los sistemas de iluminación habituales del edificio.

Extinción en uso comercial

  • Columna seca: el sistema consiste en una tubería vacía (seca) que recorre el edificio en toda su altura y tiene ramificaciones hacia armarios con bocas de incendio situados en cada piso o cada dos pisos, a las cuales los bomberos pueden conectar sus mangueras. A diferencia de los sistemas anteriores, la tubería no lleva agua; sino que los bomberos la introducen a presión desde una boca especial que hay en la fachada del edificio, conectando una manguera con agua desde un camión cisterna o desde un hidrante. El Código Técnico de Edificación OBLIGA a disponer este sistema si la altura de evacuación excede de 24 m. Es de uso exclusivo para los bomberos.
  • Instalación automática de extinción: el capítulo 2 de la Sección 1 del DB SI del Código Técnico de la Edificación indica que, si la superficie total construida del área pública de ventas excede de 1500 m², y en ella, la densidad de carga de fuego ponderada y corregida aportada por los productos comercializados es mayor que 500 MJ/m², se deberá contar con una instalación que cubra, tanto el área pública de ventas, como los locales y zonas de riesgo especial medio y alto. Este tipo de instalación está formado normalmente por rociadores automáticos de agua que se disparan, o bien por orden de la central de detección, o bien de forma autónoma al fundirse con la temperatura del incendio una ampolla que hace de válvula de retención del agua. Existen otros sistemas automáticos de extinción: por polvo, CO2, agua nebulizada, etc.
  • Hidrantes exteriores: son puntos de abastecimiento de agua situados en la vía pública, para los equipos de bomberos. Hay dos tipos de hidrantes, enterrados que están debajo de las aceras o calles peatonales, y aéreos que están en la superficie, sobresalen del suelo. Los hidrantes deben instalarse en lugares de fácil acceso y cerca de las fachadas de los edificios. Uno si la superficie total construida está comprendida entre 1000 y 10 000 m² y uno más por cada 10 000 m² adicionales o fracción.
  • Extintores portátiles: el Código Técnico de Edificación OBLIGA a disponer en todos los locales de extintores con una eficacia mínima de 21A -113B, como máximo a 15 m de recorrido en cada planta desde todo origen de evacuación, en las zonas de riesgo especial y en toda agrupación de locales de riesgo especial medio y alto cuya superficie construida total exceda de 1000 m², extintores móviles de 50 kg de polvo, distribuidos a razón de un extintor por cada 1000 m² de superficie que supere dicho límite o fracción.
  • Bocas de Incendio Equipadas (BIEs): el Código Técnico de Edificación OBLIGA a disponer de BIEs si la superficie construida excede de 500 m².

Recomendaciones

  1. Mantener en todo momento despejadas de objetos las vías de evacuación como pasillos y escaleras.
  2. Si alguna puerta falla, avisar a la empresa mantenedora.
  3. Velar porque las puertas cortafuegos de cada sector estén siempre cerradas para así evitar la propagación del humo y el fuego. También se pueden usar retenedores conectados a la central de detección.
  4. Si se dispone de sistemas de seccionamiento (por ejemplo, compuertas cortafuegos en conductos de ventilación), se deben mantener y comprobar dichos sistemas, en especial los de las instalaciones verticales (patinillos y chimeneas) que comunican con el resto del edificio.
  5. Verificar que, tanto los elementos de detección como la central de alarma, están activos y con las revisiones realizadas.
  6. Comunicar cualquier fallo a la empresa mantenedora.
  7. No aparcar encima de los hidrantes enterrados, ni junto a los hidrantes aéreos para que el Servicio de Bomberos pueda utilizarlos en caso de necesidad.
  8. Es obligatorio disponer de todos los extintores necesarios dependiendo de las dimensiones del local y que se realice su revisión.
  9. Una simple descarga del extintor suele ser suficiente para frenar el avance del fuego hasta la llegada de los bomberos.
  10. Avisar a la empresa mantenedora si el manómetro no indica presión o es excesiva. Contratar la revisión obligatoria de extintores.
  11. Vigilar que las BIEs hayan pasado la revisión obligatoria.
  12. Comunicar cualquier anomalía a la empresa mantenedora.